Semana en el Oratorio

Desprecio de los bienes mundanos

19.5.21

Vía Crucis de San Francisco de Herbón



En cada una de las 14 Estaciones del claustro interior del convento de San Francisco de Herbón, en Galicia, dice así:

Estación 1a.:
Considera, alma perdida,
que en aqueste paso fuerte
dieron sentencia de muerte
al mismo Autor de la vida.

Estación 2a.:
Advierte lo que le cuestas,
ingrato, a tu Creador;
pues por ser tu Redentor
cargó con la cruz a cuestas.

17.5.21

Santos y beatos dominicos con indulgencia plenaria



Santos y beatos de la Orden que tienen indulgencia plenaria confesando, comulgando y haciendo visita a la iglesia.

Enero:
- Día 16. Los protomártires de la Orden de San Francisco, Berardo, Pedro y socios. Indulgencia plenaria. (18 Octubre 1844).
- Día 30. Santa Jacinta de Mariscottis, Virg. 3 O. Indulg. plen. (17 Noviemb. 1807).
- Día 31. B. Luisa de Albertoni, Vid. 3 O. Indulg. plen (8 Agosto 1862).

Febrero:
- Día 5. SS. Pedro Bautista y Socios, mrs. del Japón. Indulg. plen (15 de Julio 1739).
- Día 22. Sta. Margarita de Cortona. Indulg. plen (26 Julio 1728).

16.5.21

Normas para poner los Via Crucis



1.° Las catorce cruces, que deben ser de madera, bajo pena de nulidad, pueden ir unidas a otros tantos cuadros pintados o esculpidos, los cuales de ninguna manera se requieren para la validez de las estaciones.

2.° Las cruces se han de bendecir por el sacerdote que tenga legítima facultad; los cuadros se bendicen por congruencia.

3.° La bendición de las cruces, tanto válida como lícitamente, se puede hacer antes o en el tiempo mismo de fijarlas. Dicha bendición debe hacerla el erector no privadamente en su propia casa, sino en el mismo lugar donde se ha de hacer la elevación.

4.° No está obligado el erector a colocar las cruces por sí mismo; otro cualquiera las puede fijar y colocar privadamente y sin ceremonias, y aún en otro tiempo.

15.5.21

Oraciones con indulgencias



Según el decreto "Delatae saepius", de 7 de Marzo de 1678, ciertas indulgencias no se pueden ganar más que una sola vez al día, pero las de la Porciúncula, las de la Corona de los siete gozos, y las de la estación al Santísimo Sacramento, son exceptuadas, y se ganan todas las veces que se hacen o se dicen. (Chron. Serap, t. III, part. I, pag. 286; Seraph. Archiconfr. concess. Summ. indulg. pag. 434, n. XII).

Durante el Jubileo del Año Santo se suspenden todas las indulgencias por los vivos; sólo se pueden aplicar las de los difuntos. Se exceptúan:
- 1.° Las indulgencias concedidas a los fieles en el artículo de la muerte.
- 2.° Las anejas a la recitación del Ángelus Domini.
- 3.° Las concedidas por la visita del Santísimo Sacramento en ocasión de las Cuarenta Horas.
- 4.° Las que se conceden a aquellos que acompañan al Santísimo Sacramento cuando es llevado a los enfermos.
- 5.° Las concedidas por los Cardenales Legados "a latere", y Nuncios de la Santa Sede, y los Obispos en uso o ejercicio de sus Pontificales.

14.5.21

Fórmula para la bendición del agua



La bendición del agua se suele hacer el domingo, especialmente el domingo pascual, por un sacerdote y dentro del rito eucarístico según fórmula del misal.

La siguiente fórmula de bendición es para realizarla fuera de la misa:


Señor Dios todopoderoso,
que eres la fuente y el principio de la vida del cuerpo y del espíritu,
dígnate bendecir esta agua † que vamos a utilizar con fe, implorando el perdón de nuestros pecados y para que alcancemos la protección de tu gracia contra las enfermedades y asechanzas del enemigo.

Concédenos, Señor, por medio de tu misericordia,
que el agua viva nos sirva de salvación,
para que podamos acercarnos a ti con un corazón limpio y evitemos todo mal de alma y cuerpo.

Amén.


| Preparación: OratorioCarmelitano.com / OratorioCarmelitano.blogspot.com




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