Semana en el Oratorio

Desprecio de los bienes mundanos

19.4.22

Oración del Magníficat en latín y en español



Proclama mi alma la grandeza del Señor,
se alegra mi espíritu en Dios, mi salvador,
porque ha mirado la humillación de su esclava.

Desde ahora me felicitarán todas las generaciones,
porque el Poderoso ha hecho obras grandes por mí;
su nombre es santo,
y su misericordia llega a sus fieles de generación en generación.

Él hace proezas con su brazo:
dispersa a los soberbios de corazón,
derriba del trono a los poderosos
y enaltece a los humildes,
a los hambrientos los colma de bienes
y a los ricos los despide vacíos.

Auxilia a Israel, su siervo,
acordándose de la misericordia
-como lo había prometido a nuestros padres-
en favor de Abrahán y su descendencia por siempre.




Magnificat
Magnificat anima mea Dominum:
et exultavit spiritus meus: in Deo salutari meo.
Quia respexit humillitatem ancillae suae,
ecce enim ex hoc beatam me dicent omnes generationes.

Quia fecit mihi magna qui potens est, et sanctum nomen eius.
Et misericordia eius a progenie in progenies timentibus eum.

Fecit protentiam in brachio suo,
dispersit superbos mente cordis sui.
Deposuit potentes de sede, et exaltavit humiles.
Esurientes implevit bonis, et divites dimist inanes.

Suscepit Israel puerum suum,
recordatus misercordiae suae.
Sicut locutus est ad patres nostros, Abraham et semini eius in secula.


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18.4.22

Ayunos y abstinencias según la Bula general de las cruzadas de Benedicto XV



Qué es la Bula:
La Bula es un indulto del Papa, concediendo grandes gracias a los que den una pequeña limosna que se aplica al culto, o a obras de caridad o a seminarios. Por ella, entre otras gracias, se conceden algunas dispensas en ayunos y abstinencias.

Días de abstinencia teniendo la Bula:
La abstinencia de carne y caldo de carnes se ha de guardar únicamente en los viernes de cuaresma, en los de las cuatro Témporas, y en las tres vigilias de Pentecostés, Asunción de la Santísima Virgen María a los cielos, y Natividad de Nuestro Señor Jesucristo. En total, 13 días de abstinencia al año.

Días de ayuno teniendo la Bula:
Se deberá guardar el ayuno únicamente los miércoles, viernes y sábados de cuaresma, y en las tres vigilias de Pentecostés, la Asunción y la Natividad de Nuestro Señor Jesucristo. En total, 24 ayunos.

La abstinencia y ayuno de Navidad se anticipa y se traslada al sábado de Témporas que sea próximamente anterior. Nótese asimismo que hay tres vigilias sin ayuno, los tres viernes de Témporas fuera de la cuaresma.

Bulas que hay que tomar para practicarlo:
Hay que tomar la Bula General de la Cruzada, y el Sumario de ayuno y abstinencia.

Lor pobres pueden gonzar todos los favores de la Bula acerca de la abstinencia y del ayuno, sin necesidad de tomar estos Sumarios. Por pobres debemos entender no sólo los mendigos y muy pobres, sino todos los que tienen que trabajar para sustentarse a sí mismos y a su familia.

Excepciones para los que viajan:
Del indulto relativo a la ley de la abstinencia y ayuno, podrán hacer uso en España y fuera de ella todos los que viajen, siempre que se evite el escándalo, es decir, si los demás ayunan, no presumir de que nosotros no lo guardamos.

Facultad de los confesores:
Los confesores tienen la facultad de dispensar de la ley de la abstinencia y del ayuno, por justo y racional motivo. Es decir, que habiendo causa razonada y justificada, aún cuando ella no sea suficiente para dispensar a uno del ayuno, puede el confesor conceder la dispensa, si lo juzga conveniente. Esto puede ser por razón de estudios, de viajes, de escrúpulos, dudas, de disgustos en casa por ayunar y guardar abstinencia, por caridad, enfermedad, por dificultad de hallar alimentos, etc.

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17.4.22

Qué son los ayunos y abstinencias



Cómo se ayuna:
El ayuno consiste en comer una sola vez al día. En esta comida, que antes se hacía al caer la tarde, pero se puede hacer después de las diez, se permite tomar lo que se quiera.

Fuera de esta comida se puede tomar algo a la mañana o a la tarde, o entre el día también, con tal que no exceda la debida moderación.

Por la mañana se puede tomar unos pocos gramos (antiguamente no se permitía más de 2 onzas, unos 57 gramos, de comida), si se pasa de esa cantidad sin causa justificada, será una falta venial; para llegar a pecado mortal había de pasarse de 4 onzas (113 gramos). Y quien pueda o quiera ayunar, pero por su debilidad o trabajo, o por otras circunstancias necesite algo más que esas dos onzas, aunque tome tres o no pase de cuatro cumple con el ayuno y está excusado de falta venial.

Por la noche se puede tomar la colación. La colación puede ser de unas ocho onzas (240 gramos más o menos), pues no se ha de andar midiendo con escrúpulo teniendo buena voluntad. Y también se puede atender a la complexión, ocupaciones, duración de los ayunos, calidad de la comida, etc., aun entre los que pueden ayunar. Pasar notablemente de 8 onzas (240 gramos) sería quebrantar el ayuno. Pero para que haya exceso grave se necesita añadir al menos otras cuatro onzas o pasar de 12, es decir, de 360 gramos, y aún no faltan quienes permitan todavía más.

Entre el día se puede tomar también alguna cosa, está permitido también beber agua.

Los cocineros o enfermeros pueden tomar para probar cómo están los alimentos, aunque sea algo de leche o carne y aún en día de vigilia.

Respecto a qué se puede tomar y qué no, depende en muchas ocasiones de las regiones. En general, se puede tomar todo lo que no sea carne: pescados, huevos, leche... San Ligorio aconseja que en la colación no se tome más de dos o tres onzas de pescado, caso de estar permitido. En la colación, en los días que no son de abstinencia, se pueden tomar alimentos condimentados con grasa (manteca, tocino...), y no hay prohibición ni límites.


Cómo se guarda la abstinencia:
La abstinencia consiste en no tomar carne ni caldo de carne. Pero se pueden tomar huevos, productos lácteos y otros alimentos, aunque sean condimentados con grasa, manteca, etc. Se entiende por carne, en general, los animales que viven y respiran en tierra, y además la rana, la ostra, el marisco o la tortuga se pueden tomar como si entrasen dentro de los pescados.

En al actualidad la abstinencia abarca a cualquier alimento del que decidamos prescindir, es decir, abstenernos y, de no ser posible, podemos hacer abstinencia de otras cosas (por ejemplo de ver la tele, de leer determinados periódicos, etc).

Días de ayuno y abstinencia:
Si no hay algún privilegio, son días de abstinencia (de alguna cosa o de algún alimento, como acabamos de explicar) todos los viernes.

Son días de abstinencia y ayuno el miércoles de ceniza, los viernes y sábados de cuaresma, los tres días de las Cuatro Témporas, las vigilias de Pentecostés, la Asunción de Nuestra Señora, la festividad de Todos los Santos y la Natividad del Señor.

Son días sólo de ayuno todos los demás días de cuaresma.

Los domingos y fiestas de precepto no cesa la ley de abstinencias y ayunos, excepto en las fiestas de cuaresma, y no se adelantan las vigilias. También cesa el Sábado Santo después del mediodía.


Horas de preceptos de abstinencia y/o ayuno:
La hora de la comida no consta que sea esencial; algunos dicen que no se debe comer antes de las diez. Pero no es del todo cierto. Según opinión segura, se puede hacer la colación a la mañana, y un desayuno o comida ligera a la tarde. También se puede hacer, y es frecuente en ciertos sitios, hacer la colación al mediodía y la comida a la tarde.

La comida única puede durar aunque sea hasta dos horas sin culpa ninguna.

Se puede interrumpir, aún sin razón alguna, por un cuarto de hora; interrumpir sin razón ni motivo justificable bastante más de media hora sería falta venial. Interrumpirla más de una hora sería falta grave, porque entonces se contabilizarían como dos comidas separadas, a no ser que haya causa justificada para ello. Aún cuando se haya cerrado la intención y levantado de la mesa con ánimo de no comer nada más, como no haya pasado el tiempo puede uno comer de nuevo sin culpa grave.


Edades para ayunos y abstinencias:
La abstinencia obliga después de cumplidos siete años teniendo uso de razón. El ayuno obliga después de cumplir los veintiún años; deja de obligar a los que entren en los sesenta años, es decir, después de cumplidos los cincuenta y nueve.


Especial atención a los ayunos y abstinencia de los militares:
En algunos sitios hay excepciones y privilegios para los militares, pero dado que estos son más bien privilegios impuestos por intereses civiles, lo lógico es que hagan ayunos y abstinencias no solo como todos los demás fieles y religiosos, sino por lo pecaminosa de su profesión de manera aún más ferviente y con más motivo, con el fin de rogar por los delitos que suelen cometerse durante su oficio.

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16.4.22

Jaculatorias con indulgencias



Todas estas jaculatorias son aplicables a las almas del purgatorio, excepto las que tengan un asterisco (*).


- En el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén. (Haciendo la señal de la cruz)

50 días cada vez, y si se hace con agua bendita, 100 días.




- ¡Mi Dios, mi único bien! Vos sois todo para mí, sea yo todo para Vos.

* 300 días una vez al día. Plenaria al mes.




- Señor, conservadme la fe.

100 días cada vez con corazón contrito y devoto.




- Oh Señor, haced que os ame y que el premio de mi amor sea amaros cada vez más. (San Ignacio).

100 días una vez al día.




- Padre Eterno, os ofrezco la preciosísima Sangre de Jesucristo en expiación de mis pecados, y por las necesidades de la Santa Iglesia.

100 días de indulgencia cada vez.




- Cúmplase siempre la justísima, altísima y amabilísima voluntad de Dios, y eternamente sea alabada y exaltada en todas las cosas.

100 días de indulgencia una vez al día; plenaria al año diciéndola todos los días, y también en la hora de la muerte.




- Bendito sea Dios.

* 50 días de indulgencia cada vez que se diga esta jaculatoria al oír una blasfemia.




- ¡Jesús!

25 días cada vez. Plenaria a la muerte si se le ha invocado frecuentemente en vida.




- ¡Jesús, María!

300 días cada vez.




- ¡Jesús, María y José!

7 años y 7 cuarentenas cada vez; plenaria al mes diciéndola cada día.




- ¡Jesús mío, misericordia!

300 días cada vez.




- Jesús, Hijo de David, tened misericordia de mí.

100 días una vez al día.




- ¡Oh dulcísimo Jesús!, no seáis mi juez, sino mi salvador.

50 días cada vez.




- Jesús, Dios mío, os amo sobre todas las cosas.

50 días cada vez.




- ¡Oh Jesús!, tened compasión de mí.

100 días una vez al día.




- Te adoramos, Santísimo Señor Jesucristo, y te bendecimos, pues por tu santa Cruz redimiste al mundo.

100 días una vez al día.




- Señor mío y Dios mío.

7 años y 7 cuarentenas cada vez que se diga mirando piadosamente a la Sagrada Hostia en la elevación de la Misa y/o exposición del Sacramento de su Divina Majestad.




- Sea por siempre bendito y alabado el Santísimo y divinísimo Sacramento.

100 días de indulgencia una vez al día; 100 tres veces al día los jueves y días de la octava del Corpus, diciéndola tres veces en dichos días; plenaria cada vez, rezándola todos los días.




- Oh Jesús, para ti vivo. Oh Jesús, para ti muero. Oh Jesús, tuyo soy en la vida y en la muerte.

100 días. Plenaria al mes.




- Jesucristo, Hijo de Dios vivo, luz del mundo, yo te adoro, para ti vivo y para ti muero. Amén.

100 días una vez al día.




- Dulce Corazón de mi amado Jesús, haced que os ame cada vez más.

300 días cada vez.




- Sagrado Corazón de Jesús, en Vos confío.

300 días cada vez. Plenaria al mes.




- Sagrado Corazón de Jesús, venga a nosotros tu reino.

300 días cada vez.




- Corazón de mi amable salvador, haz que arda y siempre crezca en mí tu amor.

300 días cada vez; plenaria al mes diciéndola todos los días.




- Amado sea en todas partes el Sagrado Corazón de Jesús.

100 días una vez al día.




- Jesús manso y humilde de corazón, haced mi corazón semejante al vuestro.

300 días cada vez.




- Dulce Corazón de Jesús, sed mi amor.

300 días cada vez.




- ¡Todo por Vos, Corazón sacratísimo de Jesús!

300 días cada vez.




- Corazón de Jesús inflamado en nuestro amor, inflamad nuestro corazón en amor vuestro.

* 100 días cada día.




- Jesús, José y María, os doy el corazón y el alma mía.
- Jesús, José y María, asistidme en mi última agonía.
- Jesús, José y María, con Vos descanse en paz el alma mía.

100 días de indulgencia cada vez por cada una de estas tres jaculatorias.




- Oh María, concebida sin pecado, rogad por nosotros que acudimos a Vos.

100 días una vez al día, y llevando la medalla milagrosa los 100 días cada vez.




- Bendita sea la Santa e Inmaculada Concepción de la Bienaventurada Virgen María, Madre de Dios.
- Madre de amor, de dolor y de misericordia, rogad por nosotros.
- Dulce Corazón de María, sed mi salvación.
- Nuestra Señora del Pilar, rogad por nosotros.
- Nuestra Señora de Lourdes, rogad por nosotros.
- ¡Oh Madre mía! ¡Oh esperanza mía!

300 días cada una de estas jaculatorias.




- Santa María, líbranos de las penas del infierno.
- Madre del Perpetuo Socorro, rogad por nosotros.
- Reina del Santísimo Rosario, rogad por nosotros.

100 días cada una de estas jaculatorias.




- Ave María Purísima (y también, respondiendo ante quien lo dice: "Sin pecado concebida").

50 días cada vez a los fieles que vivan en dominios españoles.




- Oh María, que entrasteis en el mundo sin pecado, obtenedme la gracia de salir sin pecado de esta vida.

100 días una vez al día.




- Virgen Madre de Dios, María Santísima, rogad a Jesús por mí.

* 50 días una vez al día.




- ¡Oh Señora mía! ¡Oh Madre mía! Acordaos de mí que soy vuestro. Guardadme y defendedme como cosa y posesión vuestra.

* 40 días cada vez que se rece durante las tentaciones.




- Alcanzadnos, Santísimo José, que vivamos una vida sin mancilla, seguros siempre en el amparo de vuestro patrocinio.

300 días una vez al día.




- San Miguel Arcángel, defendednos en la pelea, para que no perezcamos en el día tremendo del juicio.

* 100 días una vez al día.




- Angel de Dios, que por la misericordia divina me fuisteis dado para cuidarme: iluminadme, guardadme, dirigidme y gobernadme. Amén.

100 días de indulgencia cada vez; plenaria al mes diciéndola todos los días, y en la hora de la muerte a los que la hayan dicho frecuentemente.




- Dignaos, Señor, conceder la vida eterna a todos los que nos hacen bien por vuestro nombre. Amén.

* 50 días dos veces al día.




- Corazón divino de Jesús, convertid a los pecadores, salvad a los moribundos, librad a las almas santas del purgatorio.

300 días cada vez.




- Piadosos Jesús, dadles (o dadle) el descanso eterno.

300 días por los difuntos.




- Dad, Señor, descanso eterno a las almas de los fieles difuntos, y la luz perpetua luzca para ellas.

50 días por los difuntos.




- María, Madre de Dios y Madre de misericordia, rogad por nosotros y por los fieles difuntos.
- Santa María Libertadora, rogad por nosotros y por las ánimas del purgatorio.

100 días.




- Señor Dios mío, cualquiera que sea el género de muerte que quieras darme, con todas sus amarguras, penas y dolores, lo acepto desde ahora de tu mano con ánimo tranquilo y alegre.

* Indulgencia plenaria para el artículo de la muerte, a los que lo digan en cualquier día de su vida, con las condiciones de costumbre (confesarse, comulgar, orar por las intenciones del Papa...).

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14.4.22

El voto de castidad



Muchas personas virtuosas, sobre todo en la juventud, suelen hacer voto de castidad para mejor guardarse del vicio de la dehonestidad, y agradar e imitar a la Virgen Santísima, que lo hizo en su niñez inspirada del Espíritu Divino.

Este voto obliga a abstenerse de todo acto deliberado que sea contra el sexto mandamiento o el noveno, y a no casarse mientras dure el voto. Y si bien no es obligatorio, es conveniente que el que lo hace tenga una vida más recogida, más modesta en el vestir y en el proceder, más mortificada en los sentidos, y más alejada de la vida mundana y diversiones del siglo.

El voto de castidad puede ser perpetuo y para siempre, o temporal. No conviene de ningún modo hacer voto perpetuo sin consejo y licencia de un prudente confesor, que lo concederá a muy pocas personas, y éstas muy probadas. Es mejor hacer voto temporal de castidad, como para un año, o hasta una fiesta de la Virgen o del Señor, y aún esto hágase con consulta del confesor. Al confesor también se debe preguntar cualquier duda, o consultar cualquier dificultad que se tenga en entenderlo, guardarlo o/y cumplirlo.


ORACIÓN PARA HACER Y RENOVAR EL VOTO DE CASTIDAD

Todopoderoso y sempiterno Dios, yo (decimos nuestro nombre), aunque enteramente indigno de presentarme ante vuestra divina presencia, confiado en vuestra piedad y misericordia infinita y movido del deseo de serviros, y de imitar y agradar a vuestra Purísima Madre, Virgen de las Vírgenes, delante de la Sacratísima Virgen María del Monte Carmelo y de toda la corte celestial, hago a vuestra Majestad Divina voto de castidad, prometiendo guardarme hasta (decir la fecha: la fiesta, el día...).

Mas ahora a vuestra inmensa bondad y clemencia suplico humildemente, por la sangre de Jesucristo, y por la intercesión de su Madre Castísima, que os dignéis aceptar con agrado este voto, y así como me habéis dado gracia para deserlo y ofrecerlo, así me la deis también, y de forma muy abundante, para cumplirlo. Amén.

(Rezar ahora tres Avemarías a la Santísima Virgen Carmelitana).


Saber más:
Catecismo católico - sexto mandamiento, noveno mandamiento -

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